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Nueva Ley de Medios en Chile te obligará a pagar si tienes un blog o una página en redes sociales

nueva ley medios digitales chile

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14 Respuesta(s) a este Tema

#1
Omasa

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El proyecto de ley de medios digitales que se discute en la Cámara, hará que todos quienes posean un sitio web o red social con cuatro publicaciones semanales, sean consideradas responsables de un medio de comunicación social. Acá te contamos cómo te afecta si eres un usuario o usuaria de Internet en Chile.
 
El proyecto de ley de medios digitales impone cargas extremadamente onerosas, desproporcionadas e injustificadas a los usuarios y usuarias de Internet
En Chile, hay una creciente tendencia en parlamentarios de presentar proyectos de ley que castigan más duramente acciones realizadas por Internet. Un ejemplo claro de ello es la denominada ley de medios de comunicación digital (proyectos de ley 9460-19 y 9461-19 que modifican la Ley 19.733), que ya informamos en su oportunidad, y que ha encontrado un terreno fértil en la Cámara de Diputados donde ha avanzado de manera firme, a pesar de sus múltiples y evidentes problemas.
 
Si usas Internet, te invitamos a estar atento a los siguientes aspectos de la ley que, de aprobarse, afectarán para siempre tu libertad de expresión en Internet.
Eres responsable de un medio de comunicación.
 
Si estos proyectos son aprobados, se entenderá por diario todo periódico impreso o en papel o publicado vía digital o electrónica que se publique a lo menos cuatro días en cada semana y cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley.
 
El corte de “cuatro publicaciones semanales” para ser considerado un periódico, haría extensiva la aplicación de la ley a una publicación en Facebook, un blog de uso personal, un tuiteo o una página web con “memes”, con tal que se haga cuatro veces a la semana.
 
Lo que deberás hacer si tienes una web o un perfil en alguna red social
Hoy en día existen múltiples opciones para utilizar Internet como medio de expresión. Son masivas y populares las alternativas gratuitas o a bajo costo para tener un blog y escribir noticias o analizarlas con periodicidad, y es masiva la participación en redes sociales como Facebook o Twitter. Sin embargo, de aprobarse esta ley, ahora necesitarás:
 
– Tener domicilio en Chile.
– Informar la iniciación de actividades a la Gobernación Provincial o Regional.
– Acreditar la inscripción en el Registro de Dominio.cl NIC Chile e informar la frecuencia de actualizaciones.
– Indicar el nombre y domicilio del propietario o concesionario, o representante legal en la página en un lugar destacado.
– Hacer un depósito legal mixto en la Biblioteca Nacional.
 
De su sola lectura, es posible concluir que son cargas extremadamente onerosas, desproporcionadas e injustificadas, que conllevan el riesgo de sobrerregular la publicación de contenidos en línea, creando un escenario de incertidumbre legal tanto para el público (¿Será ilegal mi blog? ¿Por qué habría que registrar un punto cl en NIC Chile? ¿qué es lo que tengo que depositar en la Biblioteca Nacional?) como para diversas clases de emprendimientos en Internet, lo que resulta contraproducente para el desarrollo económico y cultural del país.
 
Por lo demás, los proyectos carecen completamente de sentido práctico, porque las cargas que pretenden imponer a diversas formas de expresión en Internet son  imposibles de fiscalizar o implementar (¿cuándo un blog es “chileno”?), creando un escenario donde la persecución del cumplimiento de esta ley obedecerá a criterios arbitrarios que pueden ser utilizados para acallar discursos críticos, molestos o polémicos.
 
Por otro lado, la obligación de efectuar el depósito legal pertinente en la Biblioteca Nacional, considerando la extensión de la norma a cualquier publicación periódica en Internet, no sólo es absurdo y único a nivel mundial, sino que resultaría en una carga de trabajo adicional imposible de enfrentar para esta institución, distrayéndola de sus labores habituales.
 
No serás anónimo.
Pareciera ser que el fin último de proyectos como este es imposibilitar el anonimato en la red, uno de los requisitos fundamentales para la existencia de la libertad de expresión.
Todas estas absurdas cargas legales buscan, entre otras cosas, impedir el anonimato en la red, un asunto de gran conveniencia para autoridades públicas cuando Internet se ha transformado en una plataforma de crítica, sátira e información de los usuarios hacia el resto de la población respecto a su labor.
 
La excusa para terminar con el anonimato es la intención de identificar y sancionar a quien ha emitido opiniones poco educadas, chocantes o incluso ofensivas. Sin embargo, sanciones de responsabilidad civil y penal en caso de injurias y calumnias ya están establecidas en nuestra legislación siguiendo las reglas generales.
 
El ejercicio de la libertad de expresión por cierto que admite restricciones, en especial cuando colisiona con otros derechos fundamentales igualmente importantes (ej. vida privada), pero son los tribunales de justicia y no una regulación irreflexiva y absurda, quienes deben resolver el conflicto, a través de un debido procedimiento y de acuerdo a la ley.
 
Prepárate para pagar
Los proyectos de ley establecen, además, que si el medio digital no se adecúa a las formalidades de funcionamiento de los medios de comunicación social antes señaladas, podrá ser sancionado con multa de dos a 30 UTM, siendo el director y el propietario responsable solidariamente.
Al momento de establecer una restricción de tamaña envergadura, es imprescindible que el legislador evalúe el impacto (o costo) no sólo desde el punto de vista de los particulares directamente afectados con la medida, sino desde la perspectiva de su impacto en el funcionamiento de la red.
 
Es hora de defender Internet en Chile
Que la información circule libremente en Internet ha permitido su gran expansión y que el contenido llegue a una gran cantidad de personas de forma rápida y a un muy bajo costo, permitiendo la libre difusión de las ideas para el desarrollo del debate público democrático.
Estos proyectos de ley carecen de antecedentes de hecho suficientes, de una racionalidad y objetivos claros; hacen aplicable una Ley que nunca consideró a Internet como una realidad; afectan a millones de formas de expresión en Internet en Chile; sobrerregulan el mercado de medios digitales; son muy difícil de aplicar en la práctica; y perturban arbitrariamente el derecho fundamental de libertad de expresión.
Hacemos un llamado para que las y los chilenos exijan a sus diputados introducir mejoras radicales a esta iniciativa, que garanticen la no afectación al derecho de la libertad de expresión en la red.
 

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#2
felipemix

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Tamos cagao!! no tienen otra cosa mejor que hacer estos caballeros mas ...... son los que votan por ellos, obligados a emigrar al .com


Este tema ha sido editado por felipemix: 05 enero 2015 - 07:29

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#3
manuelhx

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En honor a la verdad, el texto pertenece a la ong derechos digitales. Lo pueden encontrar acá:

https://www.derechos...tar-y-castigar/

 

A mi juicio, el error no está en el proyecto de ley en sí, el problema real es que hay ambiguedad en las definiciones de "medio de comunicación social" y "periodico digital" que generan el problema, según el siguiente artículo de la misma ONG:

http://derechosdigit...e-ley-de-medios

 

"¿Por qué este es un mal proyecto? En síntesis, porque apunta a imponer mayores cargas y requisitos a los medios digitales y su redacción ambigua podría significar que esas cargas terminen extendiéndose  a cualquier forma de expresión en la web chilena que se renueve más de cuatro veces a la semana, incluyendo publicaciones en Facebook, blogs de uso personal, una cuenta de Twitter o páginas como “jaidefinichon.cl”, “porlaputa.cl”.

 
 Por otro lado, el proyecto abre una ventana para que se pueda perseguir a los comentaristas de los medios digitales, atentando contra la libertad de expresión, como ya ha ocurrido en otras partes de Latinoamérica."
 
Leí ambos proyectos de ley y efectivamente hablan de "reconocer" a los diarios digitales como medios de difusión social iguales a los diarios en papel. No descarta explícitamente a los blog, facebook, etc. Ese es el temor. También leí la opinión de los patrocinadores y buscan claramente exigir que los medios digitales cuenten con un responsable legal que pueda responder acusaciones de injuria o calumnia. Eso la ONG lo define como "persecución y privación de libertad'... 
 
Los proyectos:
 
PROYECTO DE LEY - 9460-19
ARTICULO ÚNICO: Para incorporar en el inciso segundo del artí
culo 2° de la Ley N° 19.733 Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo la siguiente modificación.
 
Se entenderá por diario todo periódico impreso en papel o publicado por vía digital o electrónica a lo menos cuatro días en cada semana y cumpla con los demás requisitos establecidos en la ley.
 
---
PROYECTO DE LEY - 9461-19
 
Artículo único para modificar los artículos 11, 11 (a), 12 y 14 en el siguiente sentido:
Número 1): Para incorporar en el inciso tercero del artículo 11 las siguientes palabras
La iniciación de actividades de los medios escritos de comunicación social, sean impresos, digitales o electrónicos, se informará a la Gobernación Provincial o Intendencia Regional
 
Número 2): Para incorporar en la letra a) inciso tercero del artículo 11 la siguiente oración después del;. "Los diarios digitales o electrónicos a su vez deberán acreditar la inscripción en el Registro de Nombres del Dominio.cl NIC Chile e informar la frecuencia de sus actualizaciones."
 
Número 3): Para incorporar en el artículo 12, a continuación de "todo diario", las siguientes palabras impreso, digital o electrónico
En la primera página o en la página editorial o en la última, y siempre en un lugar destacado de todo diario impreso, digital o electrónico, revista o escrito periódico,……..
 
Número 4): Para incorporar en el inciso segundo del artículo 14 las siguientes palabras, a continuación de "publicaciones periódicas" y diarios digitales o electrónicos
En el caso de las publicaciones periódicas y diarios digitales o electrónicos, el Director de la Biblioteca Nacional estará facultado……"
 
Entonces, en mi opinión, el problema es: ¿Cómo se define un "medio de difusión social regido por la ley 19.773"?.
 
Otras consideraciones:
-En general, los blogs, facebook y otros, no son considerados legalmente como "chilenos", puesto que su dominio no es ".cl". Cuando "La Tercera Digital" publicó el "Libro Negro de la Justicia Chilena", se escudó en el hecho de que el dominio era "latercera.com" y no "latercera.cl".
 
-Entiendo que el depósito legal solo está considerado para las publicaciones con fines comerciales:
 
Artículo 13.- Todo impreso, grabación sonora o producción audiovisual o electrónica realizados en el país y destinados a la comercialización, deberá incluir el nombre de la persona responsable o establecimiento que ejecutó la impresión o producción, así como el lugar y la fecha correspondiente, sin perjuicio de cumplir, en su caso, con los demás requisitos fijados por la ley. En el caso de los libros, se colocará en un lugar visible la cantidad de ejemplares.
 
Artículo 14.- Las personas o establecimientos a que se refiere el artículo anterior, deberán enviar a la Biblioteca Nacional, al tiempo de su publicación, la cantidad de cinco ejemplares de todo impreso, cualesquiera sea su naturaleza.
 
En mi humilde opinión y como otras veces, el artículo en sí parte de supuestos que no aclaran el problema de AMBIGUEDAD del proyecto de ley. El título dice más que el artículo...

Este tema ha sido editado por manuelhx: 05 enero 2015 - 08:24

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#4
REE

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si alguien me pudiera sacar de estas 3 dudas.

Irá a ser el fin de radiomaniacos?, me pregunto por que si se llegaran a hacer más de 4 publicaciones se van a pitear al dueño del foro.

 

ahora si por ejemplo me hiciera un sitio con hosting en el extrangero y dominio com, ¿Me afectaría?

 

cómo lo van a hacer entonces la gente de mercadolibre, yapo, el rastro... que tienen cientos de publicaciones diarias?

 

Saludos


Este tema ha sido editado por REE: 05 enero 2015 - 08:50

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#5
Karlanga

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Al parecer en nuestro querido país se quiere establecer la ley mordaza -como lo han intentado hacer en europa- , y no solo contemos que se pudiera llevar a cabo por este gobierno , pues los parlamentarios son de ambos grupos ( entiendase derecha / izquierda) .

La cuestión es ,  ¿ se podrá opinar en adelante con la misma veracidad sin temor a ser "enjuiciado" por el solo ministerio de la ley ? de llegar a ser aprobado algo tan livianamente 'dictatorial' muchos ya no tendrían opción a manifestarse , la tendencia es a obrar "correctamente" a los ojos de la ley , pero sin poder disentir ... será eso lo que se espera de este proyecto ? , será tal vez a tener ciudadanos que respeten a sus autoridades aunque estas obren mal y en contra de los intereses de la mayoría . 

 

La problemática vendrá cuando se apruebe , ahí sabremos a cabalidad que se quería exponer pero el proyecto será ley ante todos y sin reparos .

 

En lo concerniente a foros , me imagino que por el hecho de presentar elementos materiales que son creaciones de terceros  (afiches, audios, fotos, etc.) tendremos que pagar a una especie de 'scd' , en este caso a la BN ? .

 

Creo que la mayoría de nosotros posee un sitial en la web , ya sea por twitter, facebook , instagram y las variadas cuentas , las que se verían afectadas de una u otra forma .

 

hasta la hora de este post , tenemos la libertad de opinión , quizás el proyecto no afecte en la forma como se piensa o realmente se produzca un quiebre , pero consideremos que nuestros políticos siempre salen con la tremenda 'empanada' que nadie quiere comer pero que de igual forma te la tienes que servir ....


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#6
manuelhx

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Le podremos preguntar directamente a los Diputados de la Comisión de Ciencias y Tecnología sobre los alcances de esta ley???

Web: 

http://diputados.cl/....aspx?prmID=403

 

Email:


Este tema ha sido editado por manuelhx: 05 enero 2015 - 10:37

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#7
jrodriguez

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Este proyecto de ley es simplemente una estupidez :eusa_doh: Sí se aprueba esta barbaridad, se consolidara aún más en Chile la Dictadura Democrática en la que nos tienen sumidos las dos coaliciones (Nueva Mayoría (o Pilleria, como prefieran llamarle) y Alianza)  :colapso:


Este tema ha sido editado por jrodriguez: 05 enero 2015 - 11:05

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#8
chuki

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si alguien me pudiera sacar de estas 3 dudas.

Irá a ser el fin de radiomaniacos?, me pregunto por que si se llegaran a hacer más de 4 publicaciones se van a pitear al dueño del foro.

 

ahora si por ejemplo me hiciera un sitio con hosting en el extrangero y dominio com, ¿Me afectaría?

 

cómo lo van a hacer entonces la gente de mercadolibre, yapo, el rastro... que tienen cientos de publicaciones diarias?

 

Saludos

 

Si, bue... todavía hay que ver como piensan implementar el control sobre la medida... porque si es por escribir, cualquiera escribe y aprueba cualquier cosa, pero a ver que se lo cuenten al sysadmin de algún ISP a ver que opina... me late que se va a reir un rato.

 

Radiomaníacos soluciona eso pasandose a un dominio y host internacional, a nombre de alguien con domicilio en el extranjero y listo. Mercadolibre y etc., no son medios de comuncación social ó redes sociales. Lo que va a haber es una mudanza extrema a funcionar como sub-sitios de servicios internacionales como páginas y grupos de Facebook, y demás espacios colectivos en otros servicios, matando el hosteo local y los sitios originales.

 

Y a ver cómo controlan eso... realmente delirante. Y miren que la ídem Ley de este otro lado también contiene disparates importantes, pero esto, sin ofender...  :lelo:


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#9
manuelhx

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Salió la respuesta del diputado Farías:
http://mobile.laterc...uye-redes.shtml

http://www.lanacion....0105212338.html

(Desde mi móvil vía Tapatalk... Adelante estudios!!)

Este tema ha sido editado por manuelhx: 06 enero 2015 - 02:29

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#10
Karlanga

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La cuestión es , porque no indican en su pimer momento las verdaderas finalidades del proyecto , pareciera que esperan hasta que se demoniza para justificar sus acciones ..... 


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#11
manuelhx

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La cuestión es , porque no indican en su pimer momento las verdaderas finalidades del proyecto , pareciera que esperan hasta que se demoniza para justificar sus acciones ..... 

 

Es comprensible... son políticos....

:P


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#12
REE

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Si, bue... todavía hay que ver como piensan implementar el control sobre la medida... porque si es por escribir, cualquiera escribe y aprueba cualquier cosa, pero a ver que se lo cuenten al sysadmin de algún ISP a ver que opina... me late que se va a reir un rato.

 

Radiomaníacos soluciona eso pasandose a un dominio y host internacional, a nombre de alguien con domicilio en el extranjero y listo. Mercadolibre y etc., no son medios de comuncación social ó redes sociales. Lo que va a haber es una mudanza extrema a funcionar como sub-sitios de servicios internacionales como páginas y grupos de Facebook, y demás espacios colectivos en otros servicios, matando el hosteo local y los sitios originales.

 

Y a ver cómo controlan eso... realmente delirante. Y miren que la ídem Ley de este otro lado también contiene disparates importantes, pero esto, sin ofender...  :lelo:

ahí me quedó mas claro estimado.
Saludos


  • 0

#13
manuelhx

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:latercera :
Otro artículo relacionado,:
http://www.emol.com/...cto-de-ley.html

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#14
manuelhx

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Se cayó el proyecto de ley, lo devolvieron a la comisión de ciencia y tecnología
http://www.emol.com/...eexaminado.html

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#15
caco2000

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Esperemos que se caiga también allí, pero al tarro de la basura.


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