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Eliminan la exigencia del extracto en Diario oficial.


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Huaso

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Senadores Ricardo Núñez, Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier y Alejandro Navarro, presentaron la moción

Proponen facilitar el procedimiento de concesiones de radiodifusión
Senadores Ricardo Núñez, Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier y Alejandro Navarro, presentaron una moción que elimina la exigencia de publicar en el Diario Oficial el extracto de la resolución ministerial que asigna la concesión
Con el fin de rebajar los costos en que deben incurrir las concesionarias de radiodifusión al momento de oficializar una asignación, los senadores Ricardo Núñez, Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier y Alejandro Navarro, presentaron una moción que facilita los procedimientos de adquisición y elimina la exigencia de publicación, en el Diario Oficial del extracto de la resolución ministerial que asigna la concesión.
La iniciativa, que será analizada por la Comisión de Transportes, se fundamenta en que “no es posible discriminar entre grandes, medianos y pequeños concesionarios, y por lo tanto, es necesario suprimir la obligación de publicación en el Diario Oficial del extracto de la resolución ministerial que asigna la concesión, ya que es excesivamente cara para pequeños y medianos radiodifusores, especialmente de regiones”.
Los parlamentarios patrocinantes de la moción señalaron que “la actual norma dispone la publicación del extracto citado en el Diario Oficial y además en un diario de la capital de la provincia o, a falta de éste, de la capital de la región en la cual se ubicarán las instalaciones y equipos técnicos de la emisora”.
Explicaron que “una empresa de radiodifusión o bien una persona natural que le ha sido adjudicada una concesión radial debe incurrir en un doble gasto, en circunstancias que, en el caso del Diario Oficial, no se cumple cabalmente con el propósito de publicidad para garantizar los derechos eventuales de terceros”.
Señalaron que “la distribución del Diario Oficial se efectúa principalmente a través del sistema de suscripciones y que la venta directa al público se realiza en escasos establecimientos, ubicados en el barrio cívico de Santiago. Es más, no es habitual y constituye una excepción encontrar el Diario Oficial a la venta en regiones y provincias del país”.
Puntualizaron que “esta exigencia de doble publicación, no distingue entre la capacidad económica, patrimonial y empresarial de quienes son adjudicatarios de la concesión. Y, habitualmente se da el caso que una pequeña empresa regional de radiodifusión o bien una persona natural que pretende por primera vez incursionar en esta actividad y que generalmente no posee gran capacidad financiera, se encuentra en igual obligación que una empresa radiodifusora internacional o nacional”.
Agregaron que aparte de estos trámites se suma otro costo porque la ley establece que “una vez terminada la tramitación de la concesión por parte del Ministerio, éste otorgará la concesión por decreto supremo el cual, de acuerdo a lo dispuesto en la misma ley, deberá ser publicado en extenso en el Diario Oficial, a costa de la concesionaria”.
LO QUE DICE EL PROYECTO
La iniciativa modifica la ley General de Telecomunicaciones y establece que “El Ministro, cumplido los trámites precedentes, asignará la concesión o declarará desierto el concurso público o, de existir solicitudes con similares condiciones, llamará a licitación entre éstas”.
Añade que “el Ministro, en los dos primeros casos o en el tercero, resuelta la licitación, dictará la resolución respectiva. Esta se publicará en extracto redactado por la Subsecretaría, por una sola vez en un diario de la capital de la provincia o a falta de éste, de la capital de la región en la cual se ubicarán las instalaciones y equipos técnicos de la emisora”.
PRENSA SENADOR RICARDO NÚÑEZ M.

Publicada elviernes 7 de julio de 2006
Alberto Cancino
Presidente

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